• Se dispuso el cese de la actividad académica presencial  hasta el 30 de marzo del presente año.
  • Se encuentran en evaluación distintas modalidades de cursada, virtuales y/o semipresenciales, para continuar el dictado del cuatrimestre y asegurar la calidad de los contenidos.
  • Se suspendió hasta el 30 de marzo del corriente año, las actividades académicas extracurriculares, deportivas y de extensión universitaria en todo el ámbito de la Universidad.
  • Se suspendió hasta el 30 de marzo del corriente año el funcionamiento de las salas de lectura de la Biblioteca Central.
  • Se exceptuó la obligación de presentarse a prestar servicios a aquellos trabajadores docentes, y no docentes alcanzados por lo dispuesto en la Resolución Nº 105 del Ministerio de Educación, la cual indica que deberá otorgarse licencia a las poblaciones consideradas de riesgo, a saber: Mayores de 60 años de edad; Mujeres embarazadas en cualquier trimestre; Grupos de riesgo (Enfermedades respiratorias crónicas; Enfermedades cardíacas; Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas, no oncohematológicas; Pacientes oncohematológicos y trasplantados; Obesos mórbidos; Diabéticos; Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses).
  • Se insta a los miembros de la comunidad universitaria que estuvieran encuadrados en las situaciones del Decreto 260/2020 a sus estricto cumplimiento, considerando que la violación a las medidas de aislamiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, implicará falta grave en el ámbito de la Universidad.
  • Se redujo el horario de atención para la realización de trámites hasta el 30 de marzo. Se realizarán guardias mínimas de 10 a 16 hs. en donde se atenderá a aquellos casos de carácter urgente que hayan consultado previamente en info@sociales.unlz.edu.ar
  • Se otorgó licencias a aquellos trabajadores con hijos en edad escolar que la solicitaron ya que su cónyuge también trabaja en el Estado.